Primeras Cortesanas en Buenos Aires en el Siglo XIX: El Gran Negocio

Primeras Cortesanas en Buenos Aires en el Siglo XIX: El Gran Negocio

En 1870 y años siguientes, la importación de mujeres europeas con destino a los burdeles de Buenos Aires se intensificó.

Una publicación, El Puente de los Suspiros, enarboló durante su breve trayectoria la lucha contra este tráfico, denunciando a los rufianes y tratantes interesados en ese comercio.

Pero esta campaña periodística despertaba sospechas sobre su sinceridad.

Sin embargo, Ramón Guerrero, su director, aportó datos valiosos sobre este tema, del cual poco se sabía en una época tan temprana como la que se menciona.

damas de la calle en bs.as.

• INTRODUCCIÓN:

La ciudad de Buenos Aires era un centro importante de este antiguo comercio, conocido en los principales países de Europa, de donde venían sus oficiantes, para quedarse en la ciudad o distribuirse en su territorio o en países vecinos.

Era un hecho que ningún gobierno ignoró ni pudo regular eficazmente.

En 1919, la Municipalidad dictó un nuevo marco regulatorio, como consecuencia de recíprocas concesiones entre la Intendencia Municipal y el Concejo Deliberante, que resultó un fracaso.

El escándalo de la Zwi Migdal en 1930 lo demostró en toda su crudeza.

En diciembre de 1930, el intendente Guerrico, considerando a la ciudad como un centro internacional de la trata de blancas, dispuso que la Municipalidad no controlara los burdeles, reconociendo que carecía de poder suficiente frente a los sobornos y las amenazas.

Pero ese decreto municipal no llegó a ejecutarse, y seguía rigiendo la ordenanza de 1919, hasta que en el año 1934 la ordenanza 5412 dispuso el cierre de esos establecimientos a partir del 31 de diciembre, dos años antes de que el Congreso Nacional sancionara la ley 12.331, de profilaxis antivenérea.

El peligro del contagio venéreo que pudiera propagar la cortesana a pesar de los controles médicos a que debía someterse regularmente y que era el principal fundamento de la reglamentación se reemplazó con la obligación municipal de proporcionar asistencia gratuita a toda persona afectada por enfermedades venéreas.

Esta había sido la permanente posición del Partido Socialista, liderado en este asunto  por el doctor Ángel Giménez.

Conforme a esta ordenanza y a la resolución del Concejo (B. M. 3869) el intendente Vedia y Mitre ordenó destruirse de inmediato todos los antecedentes y datos personales sobre mujeres que ejercían esa actividad, para evitar que fueran objeto de extorsiones cuando se dedicaran a ejercer alguna actividad lícita.

Sólo serían infractoras a la ordenanza aquellas personas que en sitios públicos incitaran al libertinaje, cuyo concepto precisó por decreto del 27 de diciembre de ese año de 1934/20

• ►HISTORIA:

La compra y venta de mujeres europeas para su explotación en los prostíbulos de Buenos Aires, el tráfico clandestino y la llegada de estas jóvenes que, conscientes o no de su futuro, eran seducidas con la promesa cierta de vivir en una de las ciudades más prosperas de aquellos días, fue para muchos una inagotable fuente de ingresos económicos.

En 1878 hace su aparición El Puente de los Suspiros, un periódico que decía combatir la trata de de blancas.

En pocos meses fue prohibido por la Municipalidad, siendo toda su campaña desbaratada.

Pasarán más de 50 años y miles de crímenes antes que las autoridades investiguen y castiguen esta nueva forma de esclavitud....

Para mediados de la década de 1870, Buenos Aires era una bulliciosa ciudad con unos 200.000 habitantes hasta ese entonces, la prostitución había sido considerada como un problema menor.

La autoridad ejercía su poder en forma discrecional, y cualquier mujer sospechada de vida licenciosa podía ser encarcelada o enviada a la frontera para servir a las necesidades de la tropa.

La cada vez mayor inmigración, y la gran cantidad de extranjeros solteros que llegaban a la ciudad, hizo imprescindible la búsqueda de un medio de control social que a la vez contuviera el desarrollo de las enfermedades venéreas.

Por tal razón, el 5 de enero de 1875 se dictó la ordenanza reglamentaría sobre la prostitución.

Los casinos y confiterías donde se ejercía la prostitución, que hasta ese momento habían funcionado por la autorización del presidente municipal, debían registrarse o serían clausurados.

El registro incluía una patente anual de 10.000 pesos m/c por establecimiento y 100 pesos m/c por cada cortesana. Muchos optaron por la clandestinidad.

Las nuevas casas de tolerancia debían esta menos de dos cuadras de templos, teatros o escuelas (art. 5).

Ser regenteadas exclusivamente por mujeres (art. 3). Estas regentas debían llevar un libro en el cual se anotaban los datos personales de las mujeres que trabajaban en la casa (artículo 13).

Los miércoles y los sábados, un médico inspeccionaría a todas las cortesanas, anotando los resultados en el libro y elevando un parte de éstos a la Municipalidad.

Si la cortesana enfermaba de sífilis, debía ser atendida en la casa por cuenta de la regenta, y sólo en casos avanzados eran derivadas al hospital (artículos 15, 17 y 18).

Esta diferenciación  entre los estados de desarrollo de la enfermedad y el ámbito de tratamiento, provocó que muchas mujeres siguieran trabajando aun estando enfermas.

Con temeraria rapidez eran dadas de alta como curadas mujeres a las que el mes anterior se les había diagnosticado ulceraciones venéreas.

Otras, como Juana Harr o Ida Bartac, estaban imposibilitadas, de ofrecer sus servicios dado que figuraban como enfermas venéreas tanto en los libros como en los partes médicos.

Esto no impidió que  primera siguiera prostituyéndose hasta quedar embarazada cinco meses después de haber sido diagnosticada su enfermedad, y la segunda hiciera lo mismo pero luego de figurar dieciocho meses consecutivos como enferma de carácter sifilítico.

La reglamentación, que adolecía de mucho defectos y en la mayor parte de los casos no en espetada, seguía ordenando que las cortesanas debían ser mayores de 18 años, a no ser que probaran que antes de esa edad se habían entregado a prostitución (art. 9).

Este artículo se contraponía con el Código Civil, el cual daba la mayoría de edad a los 22 años.

La incongruencia llegaba al grado de permitirles el comercio sexual, pero les negaba la posibilidad de casarse sin el consentimiento de los padres.

Los tratantes de blancas y las casas autorizadas fueron los mayores beneficiados, ya que casi la totalidad de las pupilas que ingresaban eran menores de edad.

Las mismas no podían mostrarse en la puerta de calle, ni en ventanas, ni en balcones.

Debían encontrarse en la casa dos horas después de la puesta del sol, y llevar una fotografía con sus datos y los de la casa de tolerancia donde trabajaban (art. 10).

Estas mujeres fueron las que debieron cargar el mayor peso represivo sobre sus libertades.

El reglamento, que facilitaba y proponía su inscripción en los registros de la prostitución, les impedía abandonar el prostíbulo y el oficio con la misma facilidad.

Según el artículo 12: “Las cortesanas que dejen de pertenecer a una casa de prostitución quedarán bajo la vigilancia de la policía mientras no cambien de género de vida...”.

De haber huido de su encierro, les hubiera sido muy difícil dedicarse a otro oficio ya que a la persecución de la policía había que agregar que “todos los que a sabiendas admitieren en su casa particular ó de negocio en calidad de inquilina, huésped, sirvienta ú obrera cualquier mujer que ejerciere la prostitución, pagarán una multa de 1.000 $ m/o (...). Se considerarán sabedores los que permitan que una prostituta continúe en su casa tres días después de ser prevenidos por la autoridad (art. 24).

Este hecho, sumado a las altas patentes y a los controles médicos, originó que las mujeres argentinas, españolas e italianas, que hasta ese entonces habían trabajado en los lupanares de la ciudad, prefirieran seguir su labor clandestinamente en bares, cigarrerías y fondas.

Y que las extranjeras de países no latinos, prostitutas o no en su tierra natal, pero más ingenuas, desconocedoras de las leyes y el idioma, fueran conducidas a las casas de tolerancia.

Para 1876 había 35 prostíbulos autorizados, en los que trabajaban 200 mujeres.

La mayor parte de éstos se ubicaba en el barrio de San Nicolás, y algunos fueron montados con gran lujo, teniendo bar, salones de reunión y músicos para animar los bailes.

Por la misma época comenzó una campaña de denuncias que criticaba a la Municipalidad por permitir la apertura de estas casas en las calles céntricas, y de igual manera señalaba a los tratantes y la forma en que éstos operaban en Europa.

El año anterior (1875) había sido publicada otra solicitada, de redacción muy similar, firmada por el propietario de la casa de la calle Corrientes 509.

En ella hacía saber de su mala suerte "Por ser el vecino de una casa de prostitución que alteraba la vida del barrio, y comunicaba que, por los continuos escándalos que allí ocurrían, se veía obligado a abandonar su propiedad para salvar a su familia de tan funesta influencia."

Es precisamente en esta casa de Corrientes 506 (actual 1283) donde meses más tarde se instalaría uno de los prostíbulos más famosos, ya sea por e lujo y la calidad de sus mujeres o  por el trato bruta

Otras solicitadas que se publicaron con términos más duros y de tono antisemita, buscaron y vamente despertar el reproche de la sociedad.

Asimismo se pedía la intervención del arzobispo de Buenos Aires, del pastor de la Iglesia Reformada Alemana , de las autoridades consulares para poner fin a ese comercio inmoral.

Conjuntamente, comenzaron aparecer solicitadas pidiendo el cierre de cafés, casinos y demás lugares donde se practicaba la prostitución clandestina.

En poco tiempo se generó una guerra de denuncias que dejaba en claro que se trataba de un duelo de intereses entre grupos encontrados al que se sumaban, tal vez engañados en su buena fe, algunos ciudadanos honestos.

En una extensa solicitada, cargada de información, se documentaba el modo en que un tratante (Jacobo Hónig) invirtió 600.000 pesos m/c para montar dos nuevos prostíbulos, uno en Corrientes 506 y otro en Temple 356 altos.

También se denunciaban otras instalaciones en Libertad 309, Corrientes 509 y Temple 368, propiedades de Ana Goldemberg, Carlos Rock y Herman Gerber, respectivamente.

Por otra solicitada sabemos que “en junio de 875 Adolph Honing (sic,) domiciliado en Corrientes 506, trajo de Europa a 18 jóvenes engañadas a quienes explotó a su labor, que luego de seis meses vendió a tina de éstas, llamada J. B., a un tal Isidoro Wolf, residente en Montevideo, en la. suma de 17.000 $.

En diciembre del mismo año, Adolph Weismann engañó a siete mujeres, cuatro húngaras y tres alemanas, diciéndoles que iban a Milán y las dirigió a Marsella, de donde las embarcó a Montevideo.

Allí eran esperadas por Adolph Honing, quien compró a las cuatro más bellas.

Las restantes fueron compradas en Buenos Aires por Herman Gerber. Se calcula que la venta de las mujeres le valió al corredor 150.000$ m/c.

El mismo Gerher, domiciliado en la calle Temple 368, había traído 12 mujeres en junio de 1875. Dos habían sido vendidas a otro negociante de Rosario.

Otra, llamada N.W., después de cinco meses y medio de permanecer en la casa de Gerber, fue vendida a Isidoro Wolf en la suma de 14.000 pesos, y luego de dos meses éste la revendió en 18.000 a Carlos Rock, domiciliado en Corrientes 509.

Fruto del trato que recibía, N.W. huyó de la casa, acompañada por otra mujer, saltando por la azotea.

Luego de esto, el techo fue rodeado por una reja de hierro.

Algunas de estas mujeres escapadas de su encierro acudieron al consulado austro-húngaro a formular sus denuncias, pero éste expresó su incapacidad para intervenir.

En la mayoría de los casos eran jóvenes judías de Europa central y Rusia que debido a la pobreza en que se encontraban y la persecución religiosa que sufrían sus familias, era; literalmente vendidas a los rufianes a cambio de la dote que éstas recibían.

Dado que el matrimonio civil aún no existía, en muchos casos se fraguaba un matrimonio religioso entre la explotada y su explotador, quien la ponía a trabajar para sí ola vendía otro rufián.

De esta forma se impedía que la mujer pudiera reclamar a las autoridades consulares de su país, dado que al casarse con un extranjero perdía sus derechos de nacionalidad.

Los diarios contemporáneos tomaban con tibieza las denuncias.

En algún caso aislado levantaban parte de las solicitadas y en otros se escandalizaban por los hechos narrados.

Lo cierto es que la campaña no daba el resultado deseado, y las casas de tolerancia seguían funcionando bajo la ordenanza reglamentaria.

Las condiciones en que vivían estas mujeres eran ciertamente inhumanas. Eran compradas y vendidas al antojo de sus explotadores.

Al llegar se les hacia firmar un contrato por el que se comprometían a pagar el viaje, la ropa, la comida, la pieza y todo aquello que recibían.

Los precios que debían pagar eran cinco o diez veces superiores al valor real, y las deudas que siempre mantenían con la casa se utilizaban como otro instrumento de retención.

Permanecían encerradas todo el día, y si salían de paseo una tarde al mes, era bajo vigilancia de la regenta o un supervisor.

Si alguna se negaba a aceptar estas condiciones, era castigada o vendida a otro prostíbulo de menor calidad en el interior del país.

Provenientes de familias campesinas,-sometidas al vasallaje y a costumbres sexuales que en algunos casos incluían las relaciones premaritales y los embarazos como signo de fertilidad, es posible que hayan aceptado el comercio sexual como una etapa más de suya desdichada experiencia anterior.

Las prostitutas clandestinas, que trabajaban para un rufián, sufrían una explotación similar, con el agravante de que las condiciones sanitarias eran más deplorables y la clientela, menos selecta, mucho mayor.

Sin embargo, ni estas solicitadas, ni las publicaciones hacían hincapié en este punto.

Fuente Consultada: Revista Todo Es Historia  Nro. 342 Año 1996 - Parte de una nota de: José Luis Scarsi

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