Historia de la Violacion de los Derechos Humanos- Represión y Tortura

HISTORIA DE LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

a-Terrorismo

b-Subversión

c-Represión

d-Tortura

Otros Temas Tratados

1-Declaración Universal de los Derechos del Hombre
2-Los Derechos Sexuales y Reproductivos
3-Violación de los Derechos Humanos
4-Los Derechos Civiles y Sociales
5-Libertades Individuales en un Estado de Derechos
6-Los Derechos Fundamentales
7-Deberes y Derechos del Hombre
8-La Libertad del Hombre
9-Las Garantías Constitucionales
10-Las Virtudes Civiles

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Historia de la Violacion de los Derechos Humanos- Represión y Tortura

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"Se entiende por derecho, el conjunto de leyes, preceptos y reglas a que estánsometidos los hombres en su vida social."

►La Violación de Derechos

Para entender de que manera interviene lo que llamamos derecho en nuestra vida cotidiana, es importante recurrir a ejemplos sencillos y cotidianos de fácil comprensión, extraídos de diferentes situaciones que, aunque tienen trascendencia jurídica, casi nunca reparamos en ellas: subir a un autobús, tomar localidades para una sesión de cine, comprar el periódico.

Ante tales actos, podemos exigir que el autobús nos transporte a un lugar determinado, o que se nos deje entrar en la sala de proyecciones para ver el espectáculo.

Adquirimos la propiedad del periódico y perdemos la del dinero que hemos pagado por el.

En otros casos, el alcance jurídico de los hechos es aun mas claro: nos quitan la cartera y acudimos a la comisaría de policía para que se inicie una actividad dirigida a descubrir al culpable y se le imponga la pena correspondiente; compramos un apartamento a plazos sabiendo que contraemos una deuda, y que si no cumplimos con ella seremos demandados ante los tribunales; nos ponen una multa por no habernos detenido ante un semáforo en rojo...

Si de estos ejemplos o de otros muchos queremos deducir cual es su significado jurídico, no será difícil llegar a la siguiente consecuencia: en todos los casos expuestos podemos exigir de otros una conducta determinada, u otros nos la pueden exigir a nosotros.

Pero para que esto sea posible, es preciso que exista un conjunto de normas o reglas establecidas en virtud de las cuales surja la posibilidad de reclamar o de quedar sujetos a una reclamación.

Si un individuo puede exigir que se le entregue el periódico a cambio de su precio, es porque hay una regla o conjunto de reglas que así lo disponen, como también preceptúan que el vendedor pueda exigir el pago de la mercancía.

La existencia de una regla o norma preestablecida es lo que da soporte jurídico, a todos los hechos y, de este modo nos pone en contacto con el derecho.

Al ser un mecanismo que sirve para imponer y, al mismo tiempo, garantizar un orden social, es necesario que sea un poder humano el que haga cumplir unas determinadas normas de conducta.

Este poder lo representa el Estado.

El Estado no sólo crea el derecho, sino que lo aplica y lo impone por la fuerza si ello fuere necesario, ya que está investido de un poder sancionador.

No obstante, lo que hoy entendemos como derecho positivo, surgió mucho antes de que apareciera la noción moderna de Estado, ya que la coacción, sin la cual no existiría regla de derecho, puede ser obra de una colectividad (familia, tribu) o de un individuo más fuerte que otros (el padre respecto a los hijos; en la antigüedad, el amo respecto a los esclavos).

También las prescripciones religiosas convertidas en imperativas por el temor de un castigo divino, tendrían de facto un carácter jurídico.

Cabe decir también que el derecho está en perpetua evolución, ya que es la expresión de una relación de fuerzas en un momento dado.

Entre las fuerzas creadoras del derecho se encuentran los intereses materiales o económicos, los principios religiosos y morales, las distintas ideologías, la tradición, los hábitos, las influencias exteriores e, incluso, los sentimientos (odio, miedo, venganza, fraternidad).

La actual evolución de las ideas de libertad y su práctica nos permite afirmar que un estado participa de la tradición occidental y cristiana cuando en él hay sumo respeto por las libertades y derechos humanos, tal como, por ejemplo, surgen de ese maravilloso catálogo aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en el año 1948 ("Declaración Universal de los Derechos Humanos").

Cuando el gobierno nacido de la voluntad de un pueblo sano y responsable, es celoso guardián del bien común por encima de las ambiciones y apetitos particulares.

Cuando los bienes que crea el trabajo común se reparten en forma tal que no haya graves injusticias, como sería la situación de los que no pueden satisfacerlas necesidades básicas, exigidas por la dignidad humana.

La negación de esta tradición occidental y cristiana, el sometimiento de la. persona humana al capricho de un sistema político que hace del hombre "una cosa", un mecanismo de la gran máquina estatal, es característica de los países totalitarios. Ampliaremos ideas sobre ellos, en el punto siguiente.

Cuando el estado no vela por los derechos humanos: el estado totalitario

La palabra totalitario aplicada a un gobierno se ha usado modernamente como opuesta a democrático. Después de la Primera Guerra Mundial se empleó para designar a los sistemas de gobierno de Rusia Soviética (comunismo), de Italia (fascismo) y de Alemania (nazismo).

Actualmente se aplica a aquellos países donde las libertades fundamentales del hombre son, ya sea teórica o prácticamente, negadas por el gobierno del estado.

Etimológicamente, totalitarismo proviene de total; ello se explica porque en los países donde impera, el gobierno y sus organismos lo son todo y frente a ellos la persona queda como absorbida, como reducida a un diminuto engranaje.

A veces, se ha distinguido entre totalitarismos de derecha (fascismo, nazismo) y totalitarismos de izquierda (comunismo).

En los primeros se han respetado algunos derechos, tales como el de propiedad privada, y se han exaltado los valores patrióticos y nacionales.

Todo totalitarismo es condenable porque su error de raíz consiste en el menosprecio de la persona y el endiosamiento del estado.

Por otro lado, los medios que emplean para mantenerse en el poder, el aparato policíaco de que se valen, no difieren fundamentalmente.

Características de los estados totalitarios

• La dictadura, es decir, concentración de todo el poder en manos de una sola persona.

• El desprecio por el sistema democrático y sus instituciones.

• La organización política teniendo como base un solo partido, el oficial; este es el único partido reconocido legalmente; todos los demás son ilegales.

• El partido gobernante está dirigido por una minoría.

• Existe una policía secreta que controla a los opositores políticos y vigila la ejecución de la política del gobierno.

• Hay un severo control de la vida nacional en todos los aspectos: industria, comercio, vida sindical, enseñanza, iglesia, etc.

•  La propaganda estatal se efectúa por medio de la radio, el cine, la prensa y demás medios de expresión.

• La enseñanza, en todos sus niveles, está controlada por el estado y la misma sirve de medio de adoctrinamiento y propaganda política.

Violación de los Derechos Humanos: Terrorismo, Subversión, Represión y Tortura

Los actos de TERRORISMO cometidos por particulares o por bandas organizadas persiguen un determinado fin político: subvertir el orden legal con el propósito de adueñarse del poder e imponer al país su ideología.

A este accionar delictivo, se lo conoce corfíel nombre de SUBVERSIÓN TERRORISTA puesto que utiliza el terror como camino para cambiar el orden institucional.

Producida esta situación tan grave, y atendiendo a la búsqueda del Bien Común, corresponde la intervención del Estado que, en uso del Poder Público del que está investido, debe defender a la sociedad de tamaños delitos, y complementariamente, sancionar a los responsables.

Al ejercicio de este deber se lo denomina REPRESIÓN, la que generalmente está a cargo de las fuerzas policiales, y en circunstancias especiales, de las Fuerzas Armadas.

La principal característica que debe ofrecer la acción represiva del Estado contra la delincuencia es que debe ceñirse estrictamente a las normas legales y ejecutarse en el marco de las leyes.

En caso de que esta represión se extralimite y cometa excesos de magnitud, el Estado estaría incurriendo en deiitos similares a los que pretende reprimir, cayendo así en la REPRESIÓN TERRORISTA para combatir la subversión.

Cabe colegir que el terrorismo puede ser utilizado por los sectores antagónicos: la Subversión, dispuesta a imponer su ideología, y las Fuerzas Públicas, decididas a impedirlo. En ambos casos, la víctima es la misma: los Derechos Humanos.

LA SUBVERSIÓN:

El fenómeno subversivo, aunque de muy antigua data, ha proliferado en las últimas décadas, y puede decirse que son contados los países que no lo han padecido. Aún en nuestros días, vastas regiones de nuestro continente sufren este flagelo.

Numerosas son las causas que lo producen y de ellas se destacan las dos siguientes:

• Ante todo, es innegable que la subversión está inspirada —sino abiertamente dirigida— por el marxismo internacional que pretende la expansión de su ideología sobre todos los países a cualquier costo.

• Otra causa, de índole interna, puede ser la disconformidad y un cierto grado de frustración, experimentados por vastos sectores de la población a causa de sus carencias socioeconómicas.

La imposibilidad del gobierno de satisfacer estas expectativas en forma inmediata, es aprovechada por la subversión para justificar sus acciones.

LA REPRESIÓN:

Ya se ha adelantado que la represión de los delitos es tarea propia del Estado, a la que está obligado por ser uno de sus deberes más importantes.

Según el diccionario, reprimir es sinónimo de contener, refrenar, moderar... vocablos que las leyes y códigos utilizan indistintamente en la formulación de las normas penales: "será reprimido con tal pena... aquel que cometiere tal delito..."

La represión de los delitos, es así un DEBER de las instituciones que ejercen el Poder Público.

La represión a cargo del Estado, posee, entre otras, dos características fundamentales:

• Debe ser LEGAL: ejercida por quien tiene derecho a hacerlo, fundada en la ley y de acuerdo con órdenes emanadas del superior legítimo.

• Debe ser JUSTA: ejercida conforme a derecho. Todos los códigos del mundo establecen las condiciones en que puede procederse a la detención de personas, su sometimiento a proceso y la aplicación de las penas que corresponde.

La represión que no respete estos carriles se convierte en Abuso de Autoridad, delito que a su vez, está también reprimido por las leyes.

n particular, la represión que con pretexto de eficacia se propasara tanto que utilizara el terror en forma sistemática, sería absolutamente censurable.

Cometer delitos para castigar a los delincuentes es una de las más aberrantes formas en que se pueden vulnerar los Derechos Humanos.

No se trata de proteger a los subversivos, sino de aplicarles todo el peso de la ley, respetando sus derechos, aunque ellos no lo hayan hecho con sus víctimas.

En caso contrario, la legalidad y la delincuencia estarían en un mismo nivel, lo cual constituiría una monstruosidad jurídica.

Lamentablemente, ello ocurrió en nuestro país, cuando se pretendió combatir a la subversión utilizando sus mismos métodos, superados en muchos casos.

Tales hechos integran, sin duda alguna, uno de los más nefastos capítulos de nuestra historia.

Actualmente, con la recuperación de la Democracia, se ha reimplantado en el país el "estado de derecho" uno de cuyos logros más positivos, ha sido poner en manos de la justicia las denuncias sobre tales excesos: a ella corresponderá el veredicto definitivo, diferenciando la justa represión de la represión terrorista.

LA TORTURA:

El empleo de la tortura para castigar delitos, para forzar declaraciones o para imponer creencias, ha sido siempre un motivo de vergüenza para la humanidad.

En épocas no muy lejanas, los tribunales de justicia admitían la aplicación de tormentos como recurso habitual para indagar la verdad, sometiendo a los presuntos culpables a las más aberrantes formas de tortura.

Modernamente, tales procedimientos han desaparecido de todas las legislaciones del mundo.

Sin embargo, en no pocos países, sobre todo en aquéllos con regímenes dictatoriales, aún se recurre a la tortura como sistema de castigo o como método de investigación por supuestos delitos, sobre todo, con connotaciones políticas.

El hecho de que tales procedimientos sean realizados o permitidos por los gobiernos, a los que se supone defensores de la legalidad y la justicia, torna más paradógico tal proceder.

Desde su creación, las Naciones Unidas han realizado constantes esfuerzos para combatir este flagelo inadmisible en nuestra civilización moderna.

Luego de siete años de estudios, en diciembre de 1984, la Asamblea General sancionó por unanimidad la Convención contra la tortura con el fin de que todos los Estados del mundo adopten las medidas necesarias y reformen sus legislaciones y sistemas penales, para "erradicar la tortura y los malos tratos y penas crueles, inhumanas y degradantes".

Nuestro país se enorgullece de que nuestra primera Asamblea haya proscripto ya en 1813, los castigos corporales y ordenado la quema en público de los instrumentos de tortura.

Además, en nuestra Constitución de 1853 figuran normas expresas en igual sentido. Sin embargo, estos principios tan elevados no se corresponden con hechos ocurridos posteriormente, y en modo particular, en las dos últimas décadas.

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La aceptación por nuestro país de la Convención de las Naciones Unidas y sobre todo, de aquí en más, su estricto cumplimiento, demostrará que tales episodios realmente han sido "hechos del pasado".

Dada su singular importancia, extractamos los párrafos más significativos:

EXTRACTO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA:

Se considera "tortura" a todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que baya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento.

Todo Estado tomará medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole para impedir los actos de tortura en todo el territorio que esté bajo su jurisdicción.

En ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales tales como estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la tortura.

No podrá invocarse una orden de un funcionario superior o de una autoridad pública como justificación de la tortura.

Ningún Estado parte procederé a la expulsión, devolución o extracción de una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura.

Todo Estado parte velará porque todos los actos de tortura constituyan delitos conforme con su legislación penal.

Lo mismo se aplicará toda tentativa de cometer tortura y a todo acto de cualquier persona que constituya complicidad, participación o encubrimiento de la tortura.

Los delitos a que se hace referencia, se considerarán incluidos entre los delitos que dan lugar a extradición en todo tratado de extradición celebrado entre los Estados partes.

Todo Estado parte velará porque toda persona que alegue haber sido sometida a tortura en cualquier territorio bajo su jurisdicción tenga derecho a presentar una queja y a que su caso sea pronta e imparcialmente examinado por sus autoridades competentes, se tomarán medidas para asegurar que quien presente la queja y los testigos estén protegidos contra malos tratos o intimidación como consecuencia de la queja o del testimonio prestado.

Todo Estado parte velará por que su legislación garantice a la víctima de un acto de tortura la reparación y el derecho a una indemnización justa y adecuada, incluidos los medios para su rehabilitación lo más completa posible.

En caso de muerte de la víctima como resultado de un acto de tortura, las personas a su cargo tendrán derecho a indemnización.

Todo Estado parte se asegurará de que ninguna declaración que demuestra que ha sido hecha como resultado de tortura pueda ser invocada como prueba en ningún procedimiento, salvo en contra de una persona acusada de tortura como prueba de que se ha formulado la declaración.

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La violación de los derechos humanos en América Latina:

La violación de los derechos humanos no es un fenómeno reciente en América Latina, pero los niveles alcanzados a partir de la década de los setenta, de mano de las dictaduras militares, no tienen equivalentes en su historia, si se exceptúa el proceso de conquista y colonización, durante los siglos XV y XVI.

Si bien la pobreza, el desempleo, el analfabetismo, la desnutrición, los bajos niveles de salud, la mortalidad infantil y el hambre, han estado presentes durante todo el siglo XX, estos problemas sociales alcanzaron niveles sin precedentes bajo los gobiernos dictatoriales de las últimas décadas.

Las dictaduras militares, y los grupos de poder económico que las impulsaron y las sostuvieron, llevaron adelante la transformación de las economías latinoamericanas apelando a la represión y a la violencia sobre la población.

Esta represión consistió, fundamentalmente, en la detención, la desaparición el asesinato de los opositores al gobierno, incluso de Por otra parte, se eliminó todo derecho a la la tortura se transformó en el método corriente para la obtención de información sobre la actividad de los opositores.

Por medio del terrorismo estatal se buscó generalizar el miedo entre la población.

La amenaza y el uso permanente de la fuerza alcanzó a toda la sociedad: obreros, estudiantes, empresarios; jóvenes, adolescentes, ancianos, bebés y niños; deportistas, intelectuales y discapacitados. Todos se transformaron en posibles víctimas.

A pesar de las diferencias que presentaban, las dictaduras militares poseían una forma política común, caracterizada por la supresión de la mayor parte de los derechos civiles, políticos y sociales.

Las Fuerzas Armadas se consideraron como la institución  que representaba los valores de la nacionalidad y que tenía la misión de "curar" a la sociedad de los males que la, afectaban.

Se disolvieron los partidos políticos, o se suspendió su actividad, y las Fuerzas Armadas controlaron todos los recursos de poder.

EL DISCURSO DE LOS DICTADORES:

Uno de los aspectos más sorprendentes de las dictaduras militares que se desarrollaron en América Latina, lo constituye el hecho de que todas ellas se ejercieron elaborando un discurso en el cual se decía preparar las condiciones para el ejercicio de la "verdadera democracia", aun cuando para ello se debieran anular algunas o todas las premisas de la misma.

Los dictadores accedían al poder diciendo proteger la democracia, amenazada por la crisis económica y las protestas sociales.

En nombre de la democracia, los gobiernos dictatoriales violaban todos sus principios, despreciaban la voluntad de las mayorías y anulaban o reemplazaban las Constituciones.

En la mayoría de los casos, cuando la Constitución lo permitía, los dictadores se hacían reelegir regularmente, mediante el fraude o la represión de los opositores; en caso contrario, anulaban la Constitución o designaban a algún testaferro.

Los desaparecidos constituyen una de las más pesadas herencias dejadas por la dictadura militar, tanto en Argentina como en otros países de América Latina.

A diferencia de lo ocurrido con los detenidos y encarcelados, la mayoría de los secuestrados eran encerrados en centros clandestinos de detención, de los cuales se los trasladaba para ser asesinados.

A partir de su secuestro, los familiares que comenzaban a solicitar informes a las autoridades, creyéndolos prisioneros en alguna cárcel del país, encontraban que los miembros de las Fuerzas Armadas siempre negaban tener conocimiento de estas personas y de lo que les había ocurrido.

El drama de los desaparecidos es aún hoy una herida abierta en las sociedades que lo padecieron y que sólo puede cerrar la justicia.

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Terrorismo estatal

Se denomina de este modo a las acciones represivas llevadas a cabo por grupos de militares y civiles que conformaban las dictaduras militares de América latina, consistentes en el secuestro, la desaparición, la tortura y el asesinato de hombres, mujeres y niños, con el propósito de atemorizar y evitar cualquier tipo de disconformidad o descontento frente a las políticas económicas llevadas adelante desde el gobierno.

Fuente Consultada:
Formación Cívica  2° Año Escuelas de Comercio
Enciclopedia Universal de Ciencias Sociales - Océano

Garantías Constitucionales Cuando Somos Detenidos

Enlace Externo: Niños en Zonas de Guerra


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