Historia de la Pena de Muerte o Condena a Muerte en el Mundo
Historia de la Pena de Muerte - Condena a Muerte en el Mundo
Sin duda alguna, la pena de muerte es la sanción más grave y antigua de la historia. Seguramente por ello, es la que ha producido, y sigue haciéndolo en la actualidad, un mayor debate o discusión. Este carácter de conflictivo, es debido, también, a que dicha sanción, conlleva un modo de ver la sociedad y, en particular al individuo, en especial el sujeto delincuente.
Así, en el debate, se ven implicadas muchas disciplinas, etiquetadas bajo el nombre de ciencias sociales, que van desde la sociología a la criminología, pasando por la política, la filosofía y el derecho entre otras. También es evidente, que la religión, a pesar de no ser una de estas disciplinas, también se ve implicada, puesto que la religión también da una visión del mundo y de las personas.
A lo largo de la historia la pena de muerte ha sido la pena por excelencia.
Quienes han detentado el poder en las distintas épocas y culturas han encontrado en ella un instrumento determinante para imponer su modelo social; o para perpetuar, abiertamente y sin tapujos, sus propios privilegios.
Los reyes, los sacerdotes de las distintas religiones, las cúpulas dirigentes de cualquier sociedad, siempre han reivindicado de forma unánime, hasta tiempos muy recientes, el ejercicio legítimo, en determinadas circunstancias, de la máxima violencia contra sus súbditos: la pena de muerte.
Para reforzar su autoridad, no se han limitado sólo a la ejecución física de aquellos que osaban desafiar el orden establecido, sino que de forma generalizada, la muerte debía llegar precedida y acompañada del tormento, cumpliendo entonces la ejecución una triple función: castigar la transgresión, eliminar físicamente al transgresor y advertir al resto de la sociedad de los peligros que comporta el desafío a la autoridad.
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En tiempos pretéritos, la adopción de la pena de muerte por parte las distintas sociedades significó la negación del derecho a la venganza privada por parte de los individuos: el grupo, el clan, la comunidad, asumiendo la administración de la venganza, ponía freno de alguna manera a la subjetividad individual en casos de ofensas o agresiones.
De esta forma, se limitaban las represalias privadas desmesuradas, así como las cadenas de sucesivas venganzas entre individuos o grupos.
El traspaso de la gestión de la venganza del individuo a la sociedad fue un primer paso.
El segundo paso consistió en la elaboración de leyes, de forma que las sentencias dejaban de estar en manos del subjetivo criterio de quién administraba la justicia.
El tercer paso consistió en la eliminación del tormento como método de interrogación, o como pena complementaria a la ejecución.
El cuarto paso, todavía sin consumar plenamente, es la abolición de la pena de muerte.
El último, el impulso de modelos judiciales basados en la redención y la reinserción social en lugar del castigo expiatorio.
La abolición de la pena de muerte hay que enmarcarla, como un indicador más, dentro de la gran aventura de la humanidad por dotarse de unas formas de organización social más acordes con las necesidades vitales (materiales y emocionales) de todos sus miembros.
Esta magna aventura sigue abierta: nos queda mucho por progresar en el gran proyecto de conseguir un mundo más justo.
Dentro de este gran proyecto, la abolición de la pena de muerte y la tortura son dos objetivos irrenunciables.
(Fuente Consultada: Amnistía Internacional )
El primer y más famoso sistema de justicia conocido para este nuevo tipo de justicia es el Código de Hammurabi, que establecía penas y compensaciones de acuerdo con las distintas clases o grupos sociales de las víctimas y los infractores.
Las leyes mosaicas son directas herederas de esto primeros códigos, como puede observarse al comparar dichos sistemas penales.
La Torá (ley judía), también conocida como el Pentateuco (el conjunto de los cinco primeros libros del Antiguo Testamento cristiano), establece la pena de muerte para el homicidio, el secuestro, la magia, la violación del shabat, la blasfemia y una amplia gama de crímenes sexuales, aunque la evidencia sugiere que las ejecuciones en realidad eran raras.
Otro ejemplo en la Antigua Grecia, en la que el sistema legal ateniense fue escrito por primera vez por Dracón hacia el 621 a. C.; en él, se aplicaba la pena de muerte como castigo por una lista bastante extensa de delitos (de ahí el uso moderno de «draconiano» para referirse a un conjunto de medidas especialmente duro).
El Atenas el primero código de leyes es atribuido a un legislador semilegendario llamado Dracón, caracterizado por ser muy estricto con el pueblo y muy liviano con los oligarcas.
La pena de muerte se aplicaba a delitos casi sin importancia o muy pequeños, como robarse un repollo.
De ahí surge el término draconiano para describir a una persona o legislación cruel e inhumana.
Sin embargo, al ser un código escrito, podía sufrir modificaciones, lo que hizo Solón aboliendo la esclavitud por deudas, creando tribunales integrados por ciudadanos comunes y no con nobles, y estimulando la inmigración de artesanos calificados.
A partir de su aparición, hacia el año 500 A.C., el budismo desarrolló un conjunto de doctrinas que proscriben el derramamiento de sangre.
El primero de los Cinco Preceptos (Pancasila) prescribe abstenerse de la destrucción de vida, mientras que el Capítulo 10 del Dhammapada establece que “todos temen el castigo, todos temen la muerte, tal como tú. Por ello no mates o causes la muerte”.
Estos conceptos han sido alegados por funcionarios japoneses como justificación para abstenerse de firmar sentencias de muerte (la que, por cierto, sigue vigente en Japón, aunque no se la ha aplicado desde 1993).
El jainismo, una religión de la India aparecida por la misma época que el budismo, sostiene la santidad de toda forma de vida (doctrina de ahimsa).
De hecho, uno de los cinco votos que debe hacer todo creyente es el de renunciar a matar seres vivientes. (Pranatipätaviraman Mahavrat, o voto de la no-violencia absoluta.)
La Sharia o ley musulmana (que, por cierto, rige hoy en una muy pequeña minoría de estados islámicos, como Arabia Saudita, Irán o Sudán) surgió en el siglo VII, y se basa en el Corán para prescribir la pena de muerte para conductas tan diversas como violación, traición a la comunidad de los creyentes, apostasía, comportamiento homosexual, piratería o adulterio, pero no para asesinato: lo considera un delito civil cubierto por la ley de qisas (“represalia”), y da a los deudos el derecho de decidir si la ejecución del culpable correrá por cuenta de las autoridades o, en su lugar, prefieren exigir una compensación monetaria (diyah).
Varios estudiosos del Islam sostienen hoy que la pena de muerte es permisible, pero la víctima o la familia de la víctima tienen el derecho del perdón
De manera similar, en la Europa medieval, antes del desarrollo de los modernos sistemas de prisiones, la pena de muerte se empleaba de manera generalizada.
Para Tomás de Aquino, en “La Summa teológica”, su máxima obra, el poder correctivo y sancionador proviene de Dios delegado a la sociedad para imponer toda clase de sanciones jurídicas y expresa (parte II, cap. 2, párrafo 64) que de “la misma manera que es conveniente y lícito amputar un miembro putrefacto para salvar la salud del resto del cuerpo, de la misma manera lo es también eliminar al criminal pervertido mediante la pena de muerte para salvar al resto de la sociedad”.
Santo Tomas de Aquino
A pesar de lo extendido de su uso, no eran extrañas las proclamas a favor de su reforma.
En el siglo XII, el académico sefardí Maimonides escribió: «Es mejor y más satisfactorio liberar a un millar de culpables que sentenciar a muerte a un solo inocente».
Maimónides argumentaba que ejecutar a un criminal basándose en cualquier cosa menos firme que una certeza absoluta llevaba a una pendiente resbaladiza de onus probandi decreciente, hasta que al final se estaría condenando a muerte «de acuerdo con el capricho del juez».
Su preocupación era el mantenimiento del respeto popular por la ley, y bajo ese punto de vista, creía que eran mucho más dañinos los errores por comisión que los errores por omisión.
En China, la pena de muerte fue aplicada muy raramente en tiempos antiguos, y por lo general el único funcionario que podía disponerla era el Emperador en persona.
La forma de ejecutarla variaba, pero a todos los viajeros extranjeros les llamaba la atención un castigo de una diabólica crueldad: era llamado Ling Chi, y consistía en rebanar lentamente el cuerpo del condenado.
Se lo comenzó a usar hacia el año 900, y recién fue abolido en 1905
En la “Utopía” de Tomás Moro (1516) se plantea un debate sobre la pena de muerte en forma de diálogo: aunque no llegue a una conclusión firme, es llamativo que el tema, al menos, se discuta.
En los años 1700 en el Reino Unido había 222 crímenes castigados con la pena capital, incluyendo algunos como cortar un árbol o robar un animal.
Sin embargo, casi invariablemente las sentencias de muerte por crímenes contra la propiedad eran conmutadas a penas de traslado a una colonia penal, o algún otro lugar donde el recluso debía trabajar en condiciones muy cercanas a la esclavitud.
El 28 de setiembre de 1708, en el condado de Norfolk, se colgó a una niña de 11 años y a su hermano de 7 por robo: no hay registro de que haya llamado atención de nadie, por no hablar de que haya causado escándalo alguno.
Los últimos siglos han sido testigos de la aparición de las modernas naciones-estado, que traen consigo el concepto fundamental e ineludible de «ciudadano».
Eso ha provocado que la justicia se asocie cada vez más con la igualdad y la universalidad (la justicia se aplica a todos por igual), lo que en Europa supuso la emergencia del concepto de derecho natural.
Otro aspecto importante es la emergencia de las fuerzas de policía e instituciones penitenciarias permanentes.
En este contexto, la pena de muerte se ha ido convirtiendo en un factor disuasorio cada vez menos necesario para la prevención de delitos menores como el robo.
El siglo XX ha sido uno de los más sangrientos de la historia de la humanidad.
Las guerras entre naciones-estado han supuesto la muerte de millones de personas, una gran parte de las cuales fallecieron a consecuencia de ejecuciones masivas, tanto de combatientes enemigos prisioneros como de civiles.
Además, las organizaciones militares modernas han empleado la pena capital como medio para mantener la disciplina militar.
En el pasado, la cobardía, la ausencia sin permiso, la deserción, la insubordinación y el pillaje eran crímenes que en tiempo de guerra solían castigarse con la muerte.
El fusilamiento se convirtió en el principal método de ejecución en el ámbito militar desde la aparición de las armas de fuego.
Así mismo, varios estados autoritarios: por ejemplo, varios con regímenes fascistas o comunistas: han usado la pena de muerte como un potente método de opresión política.
En parte como reacción a este tipo de castigo excesivo, las organizaciones civiles han empezado durante este siglo a poner un énfasis creciente en el concepto de los derechos humanos y la abolición de la pena de muerte.
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