La Doctrina Drago:Historia del Origen y Objetivo del Principio

Origen y Objetivos De La Doctrina Drago

luis maria drago

Luis María Drago (1859-1921), jurista, político y escritor argentino.

Nació en Buenos Aires y estudió la carrera de Derecho.

Entre 1902 y 1903 fue ministro de Relaciones Exteriores de su país, y más tarde pasó a ser miembro del Tribunal Permanente de Arbitraje de La Haya (Países Bajos).

Drago es principalmente conocido como autor de la denominada Doctrina Drago, cuyo propósito era servir de corolario a la Doctrina Monroe de 1823.

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A principios de siglo Venezuela le halló ante la imposibilidad de saldar las deudas contraídas tiempo atrás con las principales potencias europeas; por este motivo fue seriamente advertida por Inglaterra, Italia y Alemania en 1902: si no pagaba, se exponía a graves represalias.

En realidad, la intervención Estaba prácticamente en marcha, pues antes de lanzar sus amenazas, Alemania e Inglaterra consultaron la opinión de los Estados Unidos.

Docha opinión fue resumida en un memorándum dirigido a Alemania por el secretario de Estado, Hay, el 16 de diciembre de 1901:

"No garantizamos a ningún Estado contra la represión que su mala conducta pudiera acarrearle...".

En los últimos días de 1902 el ministro argentino en Washington, García Merou, comunicó a su gobierno la agresión que se estaba urdiendo contra Venezuela, y el Ministro de Relaciones Exteriores argentino, Luis María Drago, fijó entonces una posición clara.

La Doctrina Drago fue propuesta en la segunda Conferencia de La Haya (1907), donde fue aceptada con ciertas modificaciones.

Luego de una serie de consideraciones a cerca de las relaciones entre prestamistas y prestatario,  afirmó que nuestro gobierno se había sentido alarmado

"al saber que la falta de pago de los servicios de la deuda pública de Venezuela se indica como una de las causas determinantes del apresamiento de su flota, del bombardeo de uno de sus puertos y del bloqueo de guerra rigurosamente establecido para sus costas.

Si estos procedimientos fueran definitivamente adoptados, establecerían un precedente peligroso para la seguridad y la paz de las naciones de esta parte de América.

El cobro militar de los empréstitos supone la ocupación territorial para hacerlo efectivo, y la ocupación territorial significa la supresión o subordinación de los gobiernos locales en los países a que se extiende".

Las consideraciones de Drago cayeron como un baldazo de agua fría sobre los acreedores de Venezuela, y su tesis fue debatida en todos los círculos diplomáticos.

Cuatro años más tarde el derecho internacional la consagraba en La Haya como un precepto que debía regir las relaciones entre todos los pueblos de la Tierra.

Fuente Consultada:
Hombres y Hechos de la República Argentina Editorial Abril

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