La Sexualidad en la Edad Media:La Mujer en el Amor y Matrimonio

La Sexualidad en la Edad Media- La Mujer en la Sociedad Medieval

El marido y el amante en la Edad Media

Los ataques enconados a la vida sexual normal, las condiciones que durante siglos habían regido la realización del matrimonio, la reducción de la mujer al estado de cosa y, en general, la corrosión que las teorías antifeministas y antimatrimoniales habían operado en la institución familiar, provocaron una cierta desconfianza hacia la familia, especialmente durante la Edad Media.

El matrimonio había matado al amor.

La sumisión de la mujer hizo que ésta ocupase el escalón más bajo de la sociedad; no sólo dependía totalmente de la autoridad del marido, sino que el permiso de matrimonio, en la sociedad feudal, debía ser concedido por el padre, por el señor y por el rey.

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Una ley medieval dice: "Cualquier señor podrá obligar a su vasalla, desde la edad de doce años cumplidos, a tomar el marido que él quiera".

A la mujer no le pertenecían ni su destino ni su cuerpo.

Todavía le quedaba una última servidumbre, que ha pretendido ser negada por algunos historiadores.

El señor tenía derecho a desflorar a la muchacha recién casada.

Ducange y Boecio demuestran por sus textos la práctica frecuente de este derecho.

En el libro XVII de Boecio consta una afirmación que traducida literalmente del latín dice: "Cierto señor, a quien vi, exigía para sí el primer conocimiento carnal de las esposas".

La única y extraña restricción puesta en el derecho del matrimonio preveía que el señor no podía obligar a su vasalla a casarse siendo sexagenaria, porque la persona que debe prestar servicio con su cuerpo, está exenta de este servicio "cuando es tal su decadencia que parece medio podrido" (Labouyade, Historia de la sucesión de las mujeres).

Recorrían los villorrios recitando piezas amatorias.

Cada época sublima sus impulsos en la elaboración de un personaje que representa el ideal.

El héroe de la Edad Media es el hombre galante y mundano, cuya divisa es el amor.

Los poetas y los trovadores ensalzan la figura de la mujer, la idealizan y están dispuestos a arrostrar los mayores peligros para demostrarle su dedicación.

El juego amatorio consiste en asediar a la mujer ajena.

En cambio, se ignora y se mantiene en servidumbre a la propia, con la que se realiza una relación sexual escasa, orientada primordialmente a la procreación, a proveer de heredero.

La tradición iniciada por Dante en la Divina Comedia no logró consolidarse.

Su obra es el canto más perfecto al amor puro; pero esto resultaba tremendamente irreal y poco sugestivo en una época en que predominaba el culto de la "pasión amorosa", de los contactos de la carne.

Los relatos y las crónicas medievales de Provenza, como señalaba acertadamente en el siglo pasado Ernest Legouvé, revelan la existencia en aquella época de un segundo "matrimonio".

La mujer reservaba para el marido su cuerpo, la fidelidad material, los servicios y los cuidados exteriores; para el amante, las ideas de honor, la vida espiritual y el alma.

Toda mujer virtuosa, según la crónica de Bayardo, escrita por su escudero, podía tener un marido y un amigo; estos eran rivales sin odio, copropietarios sin envidia.

Los derechos de los amantes estaban reglados por decretos judiciales: había un código, tribunales, jurisprudencia y hasta abogados.

Según Legouvé, en el siglo XV, Marcial de Auvergne, con el título de Fallos de amor, pone en escena a amantes que iban a querellarse al presidente, con todas las formas judiciales, de que su dama les había negado una mirada o un beso; la demandada solía alegar como excusa que Don Peligro estaba allí (Don Peligro era el marido).

El manuscrito de Maese André, capellán de la corte de Francia en el siglo XII, justifica y describe la existencia de aquellos tribunales de amor.

Las damas de Gascuña, la reina Leonor, las condesas de Narbona, de Champaña y de Flandes, eran presidentas de esos tribunales.

Los había en Pierrefeu, en Diña y en Aviñón y se podía apelar de uno al otro.

En esas asambleas se fijaba la razón de los amantes y de los maridos.

Preguntado el tribunal sobre si podía existir el amor entre personas casadas, la condesa de Champaña respondió:

"A tenor de la presente, decimos y afirmamos que el amor no puede extender sus derechos sobre las personas casadas. En efecto, los amantes se complacen entre sí, natural y espontáneamente, al paso que los esposos están obligados, por deber, a sufrir recíprocamente su voluntad y a no negarse nada el uno al otro."

De esta manera, dice Legouvé, un marido no tenia derecho de amar a su mujer; mas, en cambio, a ésta le asistía el de amar a otro hombre que no fuese su esposo.

Según un artículo de aquel código, el matrimonio no es una excusa contra el amor.

Otra sentencia explica el caso de un caballero que estaba enamorado de una dama, la cual tenía ya un compromiso; ella, para librarse de las persecuciones de aquél, prometió amarle si llegaba a perder el amor de su amigo.

Al cabo de dos meses se casó con éste.

El aspirante despedido se le presentó nuevamente y la requirió de amores, diciéndole que y a no tenía derecho de amar a su primer amante, puesto que se había casado con él.

La reina Leonor, presidenta de un tribunal de amor, pronunció el fallo decidiendo que si la dama daba lo que había prometido sería muy digna de alabanza.

Las relaciones extramatrimoniales fueron ensalzadas por la producción literaria de la época, coincidiendo con una actitud cada vez más cruda de repulsa y miedo a la institución matrimonial.

Podríamos aportar innumerables testimonios de las críticas que provocaba el matrimonio, que era concebido como un recurso necesario.

El ejemplo más dramático, aducido cada vez que se quiere hablar de la Edad Media, lo encarna la personalidad de Eloísa.

Ésta era hija de una de las más distinguidas familias de Francia y había sido destinada al convento.

Para recibir una preparación adecuada fue enviada a casa de su tío, el canónigo Fulbert, un clérigo que había renunciado voluntariamente a toda relación sexual.

Pero Eloísa se enamoró, a sus dieciséis años, de Abelardo, profesor de la Sorbona, que había cumplido ya los cuarenta.

Pasado un tiempo de relaciones secretas, la muchacha quedó embarazada y Abelardo decidió enviarla a casa de una hermana suya que vivía en Bretaña, para evitar en lo posible el escándalo.

Cuando nació el niño, Abelardo propuso a Eloísa el matrimonio, pero ella se asustó de semejante proposición.

En la primera carta de Eloísa se lee:

"Prefiero el nombre de amiga vuestra o el de querida. Dios sabe bien que si Augusto, dueño del universo, quisiera honrarme con el título de esposa, dándome con él el mundo entero para gobernar, encontraría más encanto y grandeza en ser llamada concubina vuestra que emperatriz suya".

Sólo entra en nuestro propósito aducir el testimonio de una mujer, que ha pasado a la historia pronunciándose horrorizada en contra del matrimonio.

De rechazo, y solamente para ilustrar algo más el ambiente en que se movían aquellas gentes, habrá que explicar el resto de la historia.

El canónigo Fulbert, seguido de un numeroso grupo de gente encolerizada, se precipitó a la vivienda de Abelardo.

Lo amarraron entre todos y procedieron a castrarlo. El amor se hizo más desesperado entre la trágica pareja; las cartas que se escribieron a lo largo de muchos años han quedado como testimonio inenarrable de un amor imposible.

A Eloísa le repugnaba la idea del matrimonio porque creía que era la tumba del amor, y una situación inadecuada para un sabio.

Recurrió a toda suerte de argumentos de la Antigüedad para demostrar que las ataduras matrimoniales perjudican a la pareja y sólo accedió a someterse a ellas a condición de que la ceremonia fuera rigurosamente secreta.

El cinturón de castidad fue muy utilizado entre los primeros burgueses, que debían velar por su honor cuando viajaban por razones mercantiles.

Con las Cruzadas empezó a caer en desuso, aunque en algunos países se empleó todavía durante largo tiempo. Cinturón de castidad.

LAS MUJERES EN EL PENSAMIENTO MEDIEVAL:

Fuera monja o esposa de un aristócrata, ciudadano  o campesino, la mujer en la Edad Media era considerada inferior al hombre y sujeta a su autoridad.

Aunque había algunos ejemplos de mujeres fuertes que hacían caso omiso de tales actitudes, las doctrinas eclesiásticas también reforzaban estas nociones.

El primer fragmento de Graciano, el jurista del siglo XII que escribió el primer trabajo sistemático de la ley canónica, apoya este punto de vista.

El segundo fragmento fue escrito en la década de 1390 por un comerciante rico de cincuenta años, de París, que quería instruir a su prometida de quince años sobre cómo ser una buena esposa.

• Graciano, Decretum

Las mujeres deben estar sometidas a sus hombres.

El orden natural de la humanidad es que las mujeres deben servir a los hombres, y los niños a sus padres, pues es justo que el menor sirva al mayor.

La imagen de Dios está en el varón y es una.

Las mujeres fueron sacadas del hombre, el cual tiene la jurisdicción de Dios como si fuera su vicario, pues él es a la imagen del único Dios. Por tanto, la mujer no está hecha a la imagen de Dios.

La autoridad de la mujer es nula; ha de sujetarse en todo al mandato del hombre...

No puede ni enseñar ni ser testigo, ni dar una garantía ni formar parte de un tribunal.

Adán fue seducido por Eva, no ella por él.

Es justo que sea él, a quien la mujer condujo al pecado, quien la tenga bajo su dirección, para que no falle una segunda vez por la ligereza femenina.

Fuente Consultada: El Libro de la Vida Sexual - López Ibor

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