La Ley de las Doce Tablas:Guerras Civiles Patricios y Plebeyos
Ley de las Doce Tablas Guerras Civiles en Roma
CONFLICTOS CIVILES EN ROMA ANTIGUA:
PATRICIOS Y PLEBEYOS
PRIMERAS CONQUISTA PLEBEYAS
El camino emprendido por la plebe hacia su plena equiparación política y jurídica con el patriciado, conoció dos éxitos esenciales con la codificación del derecho romano y el acceso de los tribunos militares al poder consular.
A mediados del siglo V a. C., la plebe romana proseguía la lucha por la igualdad política y jurídica con el patriciado.
Las exigencias plebeyas abogaban por la clarificación del ámbito del derecho y su participación en la política romana, a la vez que mantenían las aspiraciones del reparto de tierras del ager romanus -tierras del estado- y la abolición del nexum para acabar con la esclavitud por deudas.
En el año 451 a. de C. la presión de los plebeyos condujo a la creación de una comisión especial formada por diez hombres, que se responsabilizó de la codificación de las leyes romanas y de hacerlas públicas.
Al llevar a cabo esto, los plebeyos abrigaban la esperanza de restringir el poder arbitrario de los magistrados patricios, los cuales tenían acceso exclusivo a las leyes.
Las Doce tablas representan la primera codificación formal de leyes y costumbres romanas.
Las leyes abordan asuntos de procedimientos de litigio, deudas, relaciones familiares, propiedad y otras serias concernientes a las leyes públicas y sagradas.
El código estaba grabado en placas de bronce, las cuales a la larga se destruyeron.
Aparición del derecho escrito:
Un grupo de diez hombres, los decenviros, encabezados por el patricio Apio Claudio, la codificación del derecho vigente para hacerlo extensivo a todos los miembros de la comunidad.
La redacción de la llamada Ley de las Doce Tablas se hizo sobre la base del viejo derecho consuetudinario y el conocimiento de los esquemas griegos.
La consignación escrita de las Doce Tablas supuso una irrupción profunda en los privilegios de la nobleza. Se trataba esencialmente de la fijación escrita del derecho vigente, cuyo conocimiento había estado reservado tradicionalmente a los sacerdotes patricios.
Las Doce Tablas, además de desvincular la jurisprudencia de la férula sacerdotal, inauguraron la tradición jurídica romana que proporcionaba a cada ciudadano certidumbre y seguridad jurídica, mediante las respuestas (responso) de un letrado (iuris consultó).
Los plebeyos abrigaban la esperanza de restringir el poder arbitrario de los magistrados patricios
Constituyeron la fuente de todo el derecho, público y privado (fons omnis publici y privatique iuris) y su compilación alcanzó al derecho privado, penal y procesal y logró una amplia equiparación punitiva de los diferentes estamentos.
Aunque muchas de sus prescripciones recogían aún las antiguas y rudas formas de autodefensa, venganza privada y represalia, en las Doce Tablas se aprecian los primeros rasgos de una humanización de la justicia basada en la indemnización y la reparación de daños.
El texto íntegro de estas leyes no ha llegado hasta nosotros, aunque, como "incunable" del derecho romano, fue universalmente conocido hasta época muy tardía.
En tiempos de Cicerón los artículos de las Leyes de las Doce Tablas, redactados en un latín arcaizante, eran aún tema de ejercicio en las escuelas.
Pero las numerosas citas de los autores antiguos nos dan una idea suficientemente clara del alcance de la codificación y del espíritu que la inspiró.
Las prescripciones, impregnadas aún de cierto espíritu mágico, ofrecen la imagen de una sociedad agraria de tipo gentilicio, patriarcal.
La solidez de la familia, fundamento de la sociedad romana, se apoya sobre la autoridad del pater familias, que es ilimitada.
Éste tiene derecho de vida o muerte sobre su mujer, los hijos, los plebeyos que están bajo su protección y los esclavos.
Este derecho sólo está limitado por la costumbre que le obliga a oír la opinión de un consejo de familia antes de aplicar a la mujer y a los hijos las penas más graves.
Sus herederos son los hijos varones.
La mujer pasa de la autoridad de su padre a la de su marido y, si éste muere, cae bajo la tutela de un pariente del difunto.
Los deberes del plebeyo hacia su señor son abundantes y severos, pero recibe a cambio una protección ilimitada del señor. Si le engaña, es maldecido.
Los atentados contra la propiedad privada son castigados con severidad: quien los sufre puede matar impunemente a quien los perpetra.
Cuando alguien muere sin testamento y sin herederos, sus bienes pasan a propiedad de los miembros de sugerís.
Esta norma es un eco de antiguas costumbres gentilicias, cuando quizá la propiedad de la tierra era aún colectiva.
Las referencias a la vida agrícola son numerosas: execración contra quien maldice la cosecha; condena a ser quemado vivo a quien quema voluntariamente las gavillas de mieses almacenadas junto a las casas campesinas, etc.
La ley del Tallón, propia de sociedades arcaicas, está aún en vigor.
El deudor que no paga no tiene salvación posible; su acreedor puede matarlo o venderlo como esclavo al otro lado del Tíber, es decir, fuera de los límites del estado.
Si los acreedores son más de uno, el deudor puede ser cortado ni pedazos para satisfacer los derechos de todos ellos.
Como se ve, se trata de normas que regulan tradicionalmente la vida en el ámbito de la comunidad patricia.
Pero en la codificación no faltan indicios de una tendencia a mitigar el rigor de ciertas normas habituales.
Por ejemplo, está prevista una forma de matrimonio consensual que rescata a la esposa de la manus maritalis: si ella falta tres noches al lecho conyugal, previa declaración de no querer regresar a la casa del marido, el matrimonio queda anulado.
El derecho paterno de matar a los recién nacidos queda también abolido.
El padre está obligado a educar a todos los hijos varones y, al menos, a la mayor de las hijas.
Otras leyes indican algunas concesiones que son auténticas conquistas para la plebe.
Son precisamente estas normas las que constituyen la mayor contribución de los jefes de la plebe a la formulación de las Leyes de las Doce Tablas, y reflejan la mentalidad más abierta, es decir, la que aquellos individuos que, por relaciones de comercio de cualquier otro tipo, están mayormente sensibilizados al mundo cultural greco-etrusco, sin duda más evolucionado.
Así, por ejemplo, se prevé la posibilidad de reparar, mediante el pago de una cantidad, los daños físicos hechos a una persona.
Es éste un primer intento de superar la vieja norma del "ojo por ojo y diente por diente".
Se establece además un intervalo de noventa días entre la declaración de una condena a un deudor y su ejecución.
Al calendario civil entonces vigente, que se atribuye al rey Numa y que con sus 355 días distribuidos en doce meses se atrasa respecto al astronómico, se añade, cada dos años, un mes intercalable fijo para ir a la par con el ciclo solar.
Tal innovación la exigía la necesidad de cierta estabilidad, a fin de que las modificaciones sean del conocimiento de todos y no dependan solamente de decisiones arbitrarias de los pontífices, sacerdotes patricios encargados de atender al calendario.
Esta finalidad no se logró enteramente, ya que el calendario siguió oscilando debido a la imprecisión de los cálculos hechos.
Sin embargo, el simple planteamiento del problema constituye ya un hecho importante.
Finalmente, es artículo de gran importancia la prohibición solemne de condenar a muerte a los ciudadanos, a no ser por el comido centuriado, el cual no se pronunciará sino después que el acusado haya sido presentado al juicio de los duoviri perduellionis para los delitos contra el estado, y al de los quaestores parricida para los demás delitos contra los particulares.
Aun prescindiendo de estas innovaciones particulares, la codificación de los decenviros representa un factor decisivo en la estructura social y política romana.
La ley escrita, conocida de todos, impide normalmente su infracción, lo que favorece a las personas particulares, o la interpretación arbitraria del magistrado que aplica justicia.
La noción de derecho, ius, penetra en las conciencias y se impone gradualmente al concepto de lo fas y lo nefas, lo lícito y no lícito según el derecho sagrado, inseparable de la religión.
La primera codificación escrita del derecho romano es, pues, un hecho de capital importancia.
Así fue considerado por los antiguos y será admirable la influencia que esta codificación tendrá sobre el desarrollo de las concepciones jurídicas de toda Europa.
• Cuadro Ley de las Doce Tablas
Estos fragmentos se tomaron de las reconstrucciones del código conservado gracias a autores posteriores.
Selecciones de las Doce tablas
• Tabla III: Ejecución, Ley de deudas
Cuando se ha aceptado una deuda, o se ha pronunciado un veredicto sobre la materia en la corte, el tiempo de gracia debe ser de treinta días.
Después del cual, el deudor deberá ser arrestado, índole las manos.
Se le presentará en la corte.
Si no satisface el veredicto, o ninguno que esté presente en la corte se ofrece como fiador suyo, el acreedor podrá llevarse consigo al infractor.
Podrá atarlo en un poste o ponerle grilletes...
A menos que lleguen a un acuerdo, los deudores deberán estar encadenados por sesenta días.
En ese lapso, habrán de ser presentados ante la corte del pretor, en el lugar de reunión, durante tres días sucesivos de mercado, y la cantidad que juzguen que valga será anunciada; en el tercer día de mercado sufrirán pena capital o lo embarcarán a través del Tíber, para que sea vendido en el exterior.
• Tabla IV: Derechos del jefe de familia
Mata con presteza... a un niño espantosamente deforme.
Si un padre entrega a su hijo tres veces para venderlo, padre se le quitará el niño.
A un niño que haya nacido diez meses después de la muerte del padre, no se le admitirá a la herencia legal.
• Tabla V: Tutela; Sucesión
las mujeres seguirán bajo tutela, aun cuando hayan llegado a la mayoría de edad.
Si un hombre se vuelve loco de atar, la autoridad legítima sobre su persona y sus bienes muebles recaerá en sus agnados [el pariente varón más cercano] o en los miembros de su clan.
Se prohíbe que un despilfarrador ejerza la administración de sus propios bienes... Se prohíbe que una persona loca o derrochadora administre sus propios bienes; además, deberá estar bajo la administración fiduciaria de sus agnados.
• Tabla VII: Derechos concernientes a la tierra
Las ramas de un árbol habrán de asegurarse mediante una presilla a una altura mayor de 15 pies...
Si un viento tuerce un árbol de la granja de tu vecino y se inclina sobre el interior de tu granja, deben tomarse las medidas pertinentes para remover ese árbol. Se permite recoger la fruta caída en la granja de otro hombre.
• Tabla VIII: Agravios o delitos
Si cualquier persona canta o compone una canción en contra de otra, de tal modo que le cause descrédito o insulte a un tercero, será apaleado hasta la muerte.
Si una persona mutila una extremidad a otra, se permitirá ejercer venganza en especie, a menos que el agresor llegue a un acuerdo de conciliación con la parte ofendida.
Toda persona que destruya mediante el fuego cualquier edificio o depósito de granos ubicado junto a una casa, será atado, flagelado y condenado a morir quemado en la hoguera, siempre que haya cometido la mencionada fechoría con premeditación; pero si lo hizo accidentalmente, es decir, por negligencia, se le exigirá reparar el daño, o si es demasiado pobre para poder cumplir con tal castigo, recibirá un castigo más ligero.
• Tabla IX: Ley pública
El castigo será la pena capital para un juez o arbitro legalmente nombrado, al cual se le encuentre culpable de recibir un soborno por emitir una decisión.
Tabla XI: Leyes complementarias
No podrán llevarse a cabo matrimonios mixtos entre plebeyos y patricios.
Fuente Consultada:
Historia Para 1er. Año de José María Ramallo
Civilizaciones de Occidente Toma A Jackson Spielvogel
Historia Universal Tomo 6 Salvat
Historia Universal Tomo 5 El Imperio Romano Clarín.