Pactos Preexistentes:Pacto Federal Para La Organizacion Politica Nacional
Los Pactos Preexistentes en la Organización Política
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►Los pactos preexistentes
Los fracasos en el intento de lograr la forma de gobierno que alcance el pleno consenso de todo el país, llevan a los caudillos a postergar el ansiado propósito.
Sin embargo, hay algo que subsiste a pesar de esa postergación, y es la voluntad de formar una nación; y aunque no se han dado la forma de gobierno, manifiestan de modos diversos que constituyen la Nación Argentina.
Surgen así, como etapas decisivas en la organización nacional, los que se conocen como pactos preexistentes según la expresión que usa el Preámbulo de la Constitución.
Los pactos son los acuerdos que firmaron las provincias dejando claramente expresado que se sentían miembros de una misma familia, la Nación Argentina, que debían poseer un gobierno que la gobernara y representara, vigilara su bienestar y engrandecimiento y asegurase la forma representativa y republicana de gobierno con división de poderes.
El primer pacto preexistente es el Pacto Federal del 4 de enero de 1831 celebrado entre los gobiernos de Santa Fe, Buenos Aires y Entre Ríos, al que se adhirieron después las demás provincias.
Se trata de un antecedente vital para la organización, ya que allí se ratifica que la mayor parte de los pueblos de la república han proclamado del modo más libre y espontáneo, la forma de gobierno federal”.
Las provincias crean una liga defensiva y una Comisión Representativa de las provincias del litoral, para la cual fijan sus atribuciones, una de las cuales, quizá la principal, establecía que quedaba facultada para convocar a “un congreso general federativo”,que tuviera a su cargo la administración del país bajo la forma federal, su comercio interior y exterior, su navegación, el cobro y distribución de las rentas generales, el pago de la deuda de la república, consultando del mejor modo posible la seguridad y engrandecimiento general de la república, su crédito interior y exterior, y la soberanía, libertad e independencia de cada una de las provincias”.
El segundo pacto preexistente es el Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos firmado el 31 de mayo de 1852. El mismo se reunió, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Pacto Federal de 1831, y tuvo por objeto dar las bases para convocar un Congreso General Constituyente.
En cumplimiento de ese acuerdo que establecía una representación igual de dos diputados por provincia, se reunirá en Santa Fe la Convención Constituyente.
Esta asamblea será la que, en forma definitiva, logrará redactar un texto constitucional que obtiene consenso.
Los cuarenta y dos años de luchas internas y desacuerdos, de dolores y sacrificios comunes habían moldeado el espíritu de aquellos constituyentes; y acordaron una constitución que armonizaba todos los intereses y recogía los principios fundamentales de la forma democrática de gobierno.