El Derecho Divino o Poder Divino del Rey:Caracteristicas y Concepto
El Derecho Divino o Poder Divino del Rey:Caracteristicas y Concepto
En el siglo XVIII, el absolutismo triunfa en casi toda Europa. El sistema absolutista puede considerarse la culminación del proceso de centralización del poder en manos del rey, iniciado con los estados modernos del Renacimiento.
El Centralismo
Durante la mayor parte de la Edad Media, el poder de los reyes era débil frente al de los señores feudales.
Estos últimos ejercían en su señorío el poder político y económico: cobraban impuestos e impartían justicia.
Con respecto a los grandes nobles, el monarca era sólo el “primus inter pares” (el primero entre los iguales).
A fines de la Edad Media, el poder de los señores feudales disminuyó notablemente.
El agotamiento de las tierras, las hambrunas, las pestes y los levantamientos campesinos fueron algunas de las causas de su decadencia.
Esta circunstancia fue aprovechada por los monarcas para iniciar un proceso de fortalecimiento del poder real.
Este proceso alcanzó su culminación en el siglo XVII cuando se establecieron las monarquías absolutas en varios países de Europa.
La característica fundamental del estado absolutista fue la instauración de la monarquía centralizada.
El poder político, que anteriormente se ejercía en el feudo, pasó a ser ejercido por la corona.
Esta nueva forma de gobierno se basó en la teoría de que el soberano recibía su poder de Dios para, a su vez, gobernar al pueblo.
También hubo un retorno a los principios del derecho público romano, fundamentalmente en lo referente al derecho absoluto de los gobernantes.
El rey era la fuente suprema de todo poder y de todas las leyes y su decisión era considerada “la ley”.
El monarca que llevó al extremo esta concepción del absolutismo fue Luis XIV de Francia, cuya frase célebre fue “el Estado soy yo”.
Coronación de Luis XIV: Los actos oficiales ponían de manifiesto el carácter sagrado de la monarquía. En ellos se desplegaban los símbolos de la realeza: el manto, la corona, el anillo, el cetro y la mano de la justicia.
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El rey era el jefe del estado absolutista y ejercía en forma personal el poder.
Era el máximo responsable del bienestar de su reino y de sus habitantes, los súbditos.
Para ello debió contar con un ejército que le permitiera derrotar militarmente a los nobles rebeldes, a los campesinos sublevados y a las tropas de los estados enemigos.
El estado absolutista ejercía un control sobre la burocracia, necesaria para la administración del reino, la diplomacia, las finanzas y el cobro de los impuestos.
También se preocupó por el desarrollo del comercio.
A medida que las rentas feudales comenzaron a ser percibidas por el monarca, los nobles debieron depender de la distribución que la corona hacía de aquéllas.
De esta forma la clase noble, debilitada, quedó sometida al poder real.
Para reforzar el control de la administración, el rey se valió de un nuevo tipo de funcionarios: los intendentes, en Francia y los corregidores, en España.
En algunos países, por ejemplo en Francia, se produjo la venta de cargos públicos y títulos nobiliarios, que fueron adquiridos por la burguesía.
Estos beneficios otorgados por el rey respondían a una cuestión económica, pues los burgueses, muchas veces, prestaban plata y financiaban los gastos de la monarquía.
Sin embargo, más allá del aparente beneficio de la burguesía, los monarcas mantuvieron a los nobles en lo alto de la jerarquía social.
Por lo tanto, el estado absolutista fue el último intento de la clase feudal por dirigir la sociedad.
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Caracteristicas del Poder Divino o Absoluto
1-Es el representante de Dios en la Tierra y su poder el único y total.
2-Tiene el poder absoluto sobre la legislacion y aplicación de leyes y también imparte justicia.
3-Posee el control sobre otros poderes ajenos a la corona, como la iglesia, instituciones y poderes locales menores.
4-La administracion del estado está totalmente centralizada.
5-Decide sobre la eleccion religiosa, es decir, existe la intolerancia de culto.
6-El poder del rey es sagrado y se exalta el arte y la propaganda politica.
7-El control del ejército nacional es dirigido por el mismisimo rey.
8-La nobleza está sometida, la corte vive tratando de agradar al rey.
9-Los estamentos sociales no tienen casi participación en las decisiones
10- Como politica económica acepta el mercantilismo
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Un Teorico del Absolutismo
“Considera al príncipe en su gabinete.
De allí parten órdenes que hacen marchar concertadamente a los magistrados y a los capitanes, a los ciudadanos y a los soldados, a las provincias y a los ejércitos de mar y tierra.
Es la imagen del Dios, que sentado en su trono en lo más alto de los cielos hace marchar a toda naturaleza [...]
Ved a un pueblo inmenso reunido en una sola persona; ved este poder sagrado, paternal y absoluto; ved la razón secreta que gobierna todo el cuerpo del Estado encerrada en una sola cabeza: estáis viendo la imagen de Dios en los reyes y tenéis la idea de la majestad real.”
JACQUES Bossuet. Política sacada de las Sagradas Escrituras, 1679.
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El Este Europeo
En el este de Europa, desde fines de la Edad Media, se llevó a cabo un proceso de acentuación del sistema feudal, llamado “refeudalización o segunda servidumbre”.
El poder de los burgueses decayó y creció el poder de los señores feudales, que sometieron a los campesinos a pesadas cargas de trabajo.
Sin embargo, también en esta parte de Europa comenzaron a organizarse estados absolutistas.
Pero, a diferencia de lo que ocurría en el oeste europeo, allí el absolutismo se originó como reacción frente a la amenaza militar de los reinos occidentales.
Por otra parte, los países del este de Europa actuaron como proveedores de materias primas del oeste.
Esta situación generó una dependencia económica del este europeo respecto del oeste.
Ante el peligro de quedar sometidos a la influencia de los países occidentales, los nobles fortalecieron sus estados con ejércitos permanentes.
La Reacción de la Nobleza:
“Los cambios en las formas de explotación feudal que acaecieron al final de la época medieval no fueron en absoluto insignificantes; por el contrario, son precisamente esos cambios los que modifican las formas del Estado.
El absolutismo fue esencialmente eso: un aparato reorganizado y potenciado de dominación feudal, destinado a mantener a las masas campesinas en su posición social tradicional, a pesar y en contra de las mejoras que habían conquistado por medio de la amplia conmutación de las cargas.
Dicho de otra forma, el estado absolutista nunca fue un árbitro entre la aristocracia y la burguesía ni, mucho menos, un instrumento de la naciente burguesía contra la aristocracia: fue el nuevo caparazón político de una nobleza amenazada.”
FRAGMENTO SOBRE PODER DIVINO DEL REY:
Los reyes, imagen de Dios
Los reyes han sido llamados dioses porque ellos son, gracias a su poder, la imagen de Dios y unos maestros al obedecer su derecho. También son señores y propietarios de los bienes y de las vidas de los hombres. Soberanos sin tener ninguna persona por encima de ellos, y protectores porque son escudo y muralla [...].
Sin los reyes la vida humana sería sólo desorden y confusión. El mundo no podría existir sin reyes. Son una segunda alma del universo, un contrafuerte que aguanta el mundo [...].
H. DUBOYS: De l'origine etautorité des mis (1604).
El respeto sagrado a los reyes
[...] La persona de los reyes es sagrada, y cometer atentados contra ellos es un sacrilegio.
Dios los ha hecho ungir por sus profetas con un ungüento sagrado, de la misma forma que hace ungir a los pontífices y hace consagrar los altares [...].
Conviene, pues, respetar a los reyes como cosas sagradas, y quien no quiera ni protegerlos ni respetarlos, es digno de muerte [...].
BOSSUET, J.B.: Política deducida de las propias palabras de la Sagrada Escritura.
El poder real
El poder soberano sólo reside en mi persona; es sólo por mí por lo que mis tribunales existen y tienen autoridad, y como ellos ejercen en mi nombre, su uso no se puede volver nunca contra mí; el poder legislativo sólo es mío, sin ninguna dependencia ni ninguna partición [...]; el orden público completo emana de mí, y los derechos y los intereses de mi nación [...] reposan en mis manos.
Discurso de Luis XV pronunciado ante el Parlamento de París.
Fuente Consultada:
PERRY ANDERSON. El estado absolutista. Madrid, Siglo Veintiuno editores, 1984.
Historia 2 - El Mundo Moderno
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