LOS GOBIERNOS CONTITUCIONALES DE ARGENTINA
ANTECEDENTES HISTÓRICO: Efectuadas las elecciones presidenciales de 1910, triunfó sin mayor oposición el doctor Roque Sáenz Peña, acompañado en la fórmula por el doctor Victorino de la Plaza. Asumieron sus respectivos cargos el 12 de octubre de 1910.
El nuevo presidente era un verdadero estadista, un gran diplomático y un destacado jurisconsulto, quien se propuso eliminar el personalismo político y reformar el sistema imperante a fin de garantizar la libre expresión del pueblo en las luchas cívicas.
Antes de ocupar el poder, Sáenz Peña había celebrado dos entrevistas con Hipólito Yrigoyen —jefe del partido opositor—, en cuyo transcurso el último exigió plenas garantías de libertad de sufragio para que el radicalismo abandonara su actitud de abstención política.
Sáenz Peña prometió entregar al país una ley electoral.
NACE LA NUEVA LEY ELECTORAL
El presidente de la Nación y su ministro del Interior, Dr. Indalecio Gómez, trabajaron en favor de una verdadera restauración democrática y enviaron a las Cámaras un proyecto de reforma electoral que originó largos debates debido a la resistencia de grupos políticos.
Por último, la ley fue aprobada por el Congreso en febrero de 1912.
La denominada Ley Nacional de Elecciones (Ley Nº 8871), también conocida como «Ley Sáenz Peña«, tenía las siguientes características:
a) Padrón Electoral. Los organismos militares remitirían al Ministerio del Interior la lista de enrolados, con los cuales debía formarse el «padrón» o nómina de doscientos ciudadanos, sobre la base de la proximidad de su domicilio. Antes de cada elección, el padrón sería «depurado», es decir, eliminados los fallecidos, los acusados por delitos, etc.
b) Sufragio Universal, Individual y Obligatorio. Podrían emitir su voto todos los ciudadanos —nativos o naturalizados— desde los 18 años de edad. El voto era individual, no pudiendo efectuarse por grupos, por poder o por correspondencia.
El elector debía aclarar su identidad ante la mesa receptora, mediante la presentación indispensable de la libreta de enrolamiento, con fotografía, impresión digital y datos correspondientes.El sufragio era obligatorio hasta los 70 años de edad; esta disposición se refería a la concurrencia al comicio, pero no al voto en blanco.
c) Voto Secreto y Libre. El elector no podrá dar a conocer —en el acto del comicio— sus preferencias por determinado partido o candidato, ni exhibir distintivos políticos.El voto era libre, por cuanto el ciudadano lo depositaba dentro de la urna en el cuarto oscuro y la ley establecía varias disposiciones para librarlo de coacción física o moral.
d) El sistema de la Lista Incompleta. Con este procedimiento se permitía la representación de la mayoría y de una minoría opositora en relación con la primera.
Promulgada la Ley Electoral, fue puesta en vigor por vez primera en la provincia de Santa Fe, a fin de renovar gobernador y vice.
El partido radical abandonó su abstención revolucionaria y participó en esos comicios, en los que logró imponerse.